Red.es actualiza la orden de bases que regula las ayudas del Programa Kit Digital y publica la segunda convocatoria de ayudas del Programa

El BOE ha publicado la modificación de la orden de bases que regula la concesión de ayudas para para impulsar la digitalización de pymes y autónomos en España.

La primera convocatoria de ayudas, se dirige a empresas de entre 10 y menos de 50  trabajadores, continuará abierta hasta el 15 de septiembre y está teniendo un resultado muy positivo: más del 50% de la empresas objetivo ha solicitado el bono digital, se han contabilizado más de 8.700 agentes digitalizadores registrados y se han concedido ya más de 20.700 bonos a las PYMEs.

A continuación comentamos algunas de las modificaciones de la orden:

Nuevas categorías en el Catálogo

Entre las novedades de la nueva orden de bases destaca la inclusión dos nuevas categorías de solución de digitalización: presencia avanzada en internet y marketplace.

Sitio web y presencia básica en internet

Otra de las modificaciones dentro del catálogo afecta a la categoría sitio web y presencia básica en internet. En el caso de que el beneficiario no disponga de un dominio previamente, se deberá incluir el alta de nuevo dominio para el beneficiario durante un plazo mínimo de doce meses, siendo el beneficiario el titular de dicho dominio. En esta categoría aparece también la función multilingüe: página web preparada para multidioma y traducida a un idioma, además del castellano, si así lo requiere el beneficiario.

Gestión de procesos

La novedad en esta categoría es que ahora se permite la incorporación de módulos individuales. La incorporación del nuevo módulo individual no podrá consistir en un desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente. Tampoco podrá ser una actualización de versiones de software por el proveedor, esto es, releases que el proveedor publique sobre una versión de software, ni upgrades o mejora de versiones existentes.

Factura electrónica

Se han modificado algunas de las funcionalidades y requisitos de esta categoría.

Ampliación de entidades beneficiarias

Además, también se amplían las entidades beneficiarias de las ayudas y con la introducción de las sociedades civiles con objeto mercantil, las sociedades civiles profesionales y las explotaciones agrarias de titularidad compartida, siempre que ejerzan una actividad económica dentro del territorio español.

Plazos de ejecución, justificación y pago

Se han adaptado estos pasos con el fin de facilitar la implementación de las soluciones, a partir de ahora el agente digitalizador contará con un máximo de tres meses para realizar la instalación; el período para justificar la solución implantada será de seis meses; y deberá recibir el pago en tres meses tras la justificación y validación.

Métodos de firma

Se añaden Cl@ve PIN y Cl@ve permanente como medios de firma electrónica válidos para la fomralización los Acuerdos y para presentar la justificación. La firma y gestión del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización podrá formalizarse por un gestor administrativo colegiado.

Todos los cambios del catálogo se pueden consultar en la orden de bases:

Convocatoria de ayudas del Programa Kit Digital para empresas de entre 3 y menos de 10 empleados (segmento II)

Por otro lado, las empresas de entre 3 y menos de 10 empleados ya pueden solicitar desde el pasado 2 de septiembre los bonos de digitalización del Kit Digital.

Se trata de la segunda convocatoria del programa Kit Digital, que cuenta con un presupuesto inicial de 500 millones de euros y estará abierto durante 12 meses. La cuantía de la ayuda para este segmento de empresas será de 6.000€.

A través de este enlace las empresas interesadas pueden acceder a la convocatoria y solicitar el bono digital.